'Hogares complicados y delincuencia juvenil'
Dentro del mundo de la delincuencia juvenil, la psiquiatría, en lo que a su rama clínica se refiere, siempre se ha centrado más en el análisis psicopatológico del delincuente que en los motivos que le llevan a esa conducta o en el estudio de los factores que le perpetúan en la misma, tema más propio de otras disciplinas como pueden ser la criminología, la sociología o la psicología social. En el ámbito de la psiquiatría legal, ya es igualmente primordial la aportación de estas últimas.
Dejando a un lado al delincuente juvenil enfermo, el que desarrolla esa conducta partiendo de un trastorno mental, con base genética o no, o de aquel otro totalmente sano y que cae en la delincuencia de una forma “casual”, formando así los dos polos, sabemos que la delincuencia juvenil viene mayormente representada por la generada en el seno de aquellas familias que adolecen de defectos educativos ya desde su base, que carecen de una adecuada dinámica, estructura u organización y que, junto a otras circunstancias, configuran “hogares complicados” desde bien pronto, donde el maltrato (por lo menos en alguna de sus modalidades) no falta. Ese escenario puede conducir al niño a comportamientos de huida, en parte lógicos, tales como callejear en compañía de otros menores, abandonando por asociación el magisterio de la escuela (física o indirectamente), ese otro lugar que le forma como persona.
Es indiscutible hoy que esa situación produce importantes deficiencias, de cuestionada reversibilidad, en el desarrollo de la personalidad de un sujeto que, por otra parte, señalaré, es un factor independiente a la inteligencia del mismo.
Uno de los grandes cimientos de nuestra estructura mental, ese encofrado que es nuestra “urdimbre afectiva”, haciendo referencia al término de Rof Carballo (1905-1994), queda gravemente dañado. Se sabe que la afectividad reprimida al inicio, principalmente por el conflicto creado con las imágenes parentales, por crecer precisamente con unos padres tan “inadecuados” (como una madre indiferente, despreocupada y con un padre violento) es la que produce esa ambivalencia amor-odio y por tanto, el mal contacto interpersonal tan característico de estos sujetos, que les acompañará indefinidamente.
Con ello no quiero decir que, de forma global, toda la conducta delictiva pueda explicarse sólo atendiendo a esos conflictos inconscientes y a esa desestructuración familiar aderezada con violencia, pero sí, repito, que desde aquí parte en la mayoría de los casos. Además, es evidente la necesidad de que intervengan otros factores ambientales, familiares y/o extrafamiliares, para que se vaya configurando esa puerta de entrada al mundo de la delincuencia. Así, siguiendo con nuestro lance, el asunto se complica enormemente cuando aquéllos salen del entorno familiar y forman un conjunto de personas con semejante problemática (el “ellos se juntan”), ya que el grupo resultante facilita a su vez el fenómeno de la “desindividuación” de cada uno de sus miembros, creando un “poder” del grupo estructurado al que todos quedan sometidos “para lo que haga falta”. Por otro lado, esta fuerza resultante de tal organización, facilita igualmente lo que se conoce como la “holganazería social”, término acuñado por Bibb Latané en 1981 y que aquí aplicado, viene a definir algo que se añade: la minimización del esfuerzo mental en la toma de decisiones personales, también sobre la dirección de su propia vida, que realizan los sujetos que lo componen, quedando ya así totalmente a la deriva.
Por ello, como arriba indiqué, para la psiquiatría legal y más para su vertiente forense, además del estudio psicopatológico del joven delincuente, es de importancia el análisis del medio familiar y social donde se desenvuelve y se ha desenvuelto, tarea que normalmente es competencia conjunta con los psicólogos que forman ya parte de la plantilla de los juzgados. Digo, es de importancia porque el Juez debe estar asesorado de forma lo más precisa posible, ya que, ante la vulneración de la Ley, la sentencia impuesta considerará enormemente ese estudio.
Un término que me llama la atención al respecto es el de “parentectomía”, quizás por la similitud con lo radical y casi siempre efectivo que lleva implícito el acto quirúrgico. El concepto, con fines terapéuticos como así inicialmente lo propuso M. Murray Peshkin (1892-1990), hace referencia a la separación del hijo de uno de los padres, o de los dos, lógicamente con autorización legal y siempre en favor del menor. La eficacia de la parentectomía terapéutica como tal medida ha sido respaldada por diversos estudios en campos de la psiquiatría clínica, donde se sabe que el ambiente familiar pernicioso, aunque en otra dimensión muy distinta, es crucial, como en el de los trastornos de la conducta alimentaria, más concretamente en la anorexia nerviosa, así como en determinados trastornos psicosomáticos, en casos de asma intrínseca, por citar alguno.
La parentectomía, sacada de este contexto estricto como medida terapéutica, se ha usado igualmente para hacer referencia a otras cuestiones, por ejemplo, a la escisión familiar que ocurre tras un divorcio, otro tema controvertido y dicho de paso, profundamente abordado por el psiquiatra americano Frank S. Williams.
Indirectamente, parentectomía terapéutica es en este sentido también la que se produce cuando el Juez de Menores dicta como sentencia una medida como es el sometimiento a la convivencia con otra persona, familia o grupo educativo. La separación del joven de su grupo primario patológico a favor de otro seleccionado y en contra de otra medida como podría ser un internamiento, constituye sin duda una intersección entre la Psiquiatría y el Derecho, disciplinas que cada vez están más destinadas a entenderse.